¿Cuál es el plazo de prescripción para exigir el cobro de obligaciones emergentes de las leyes de previsión social?

De acuerdo con lo establecido por el artículo 16 de la ley 14236, las acciones por cobro de contribuciones, de aportes, de multas y de las demás obligaciones emergentes de las leyes de previsión social prescribirán a los diez años. 

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