En caso de que el empleador ingresara en su nómina personal que se encuentra gozando de una pensión por fallecimiento de su cónyuge, deberá informarlo en Mi Simplificación y en el SICOSS, como un trabajador dependiente activo más.
Ello es así porque quien es beneficiario de una pensión por fallecimiento, accede a ella por una contingencia (el fallecimiento del cónyuge) y no en forma directa. Por consiguiente, los aportes y contribuciones a ingresar por dicho trabajador son los mismos que resultan obligatorios para cualquier trabajador activo. No es necesario en estos casos efectuar tampoco comunicación alguna a la ANSeS respecto del alta del trabajador pensionado. Eventualmente dicho trabajador, cuando reúna los requisitos correspondientes, podrá acceder al beneficio previsional de jubilación, pasando recién a partir de dicha fecha a integrar la clase pasiva.
Ello es así porque quien es beneficiario de una pensión por fallecimiento, accede a ella por una contingencia (el fallecimiento del cónyuge) y no en forma directa. Por consiguiente, los aportes y contribuciones a ingresar por dicho trabajador son los mismos que resultan obligatorios para cualquier trabajador activo. No es necesario en estos casos efectuar tampoco comunicación alguna a la ANSeS respecto del alta del trabajador pensionado. Eventualmente dicho trabajador, cuando reúna los requisitos correspondientes, podrá acceder al beneficio previsional de jubilación, pasando recién a partir de dicha fecha a integrar la clase pasiva.
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