Los representantes de la actividad metalúrgica han llegado a un acuerdo el día 23 de abril de 2009. Por el referido Acuerdo, las partes convienen un nuevo incremento salarial de pago escalonado con vigencia a partir del mes de abril y julio 2010, que se aplicará a las ramas de la actividad representadas por las mencionadas entidades en todo el territorio nacional, con excepción de las ramas Nº 4 Autopartes y la Nº 8 Electrónica de Tierra del Fuego.
Asimismo, se establece un régimen de absorción por el cual los importes del presente incremento salarial absorben y/o compensan hasta su concurrencia los importes otorgados por las empresas a cuenta de futuros aumentos posteriores al 1 de marzo de 2010.
El citado Acuerdo se homologó el 29 de abril de 2010 a través de la resolución (ST) 526/2010.
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