VACACIONES CONVENIDAS EN EXCESO AL PLAZO LEGAL. PLUS VACACIONAL. CÁLCULO

¿Cómo debe liquidarse el plus vacacional en caso de que el empleado tenga un arreglo especial con el empleador sobre la cantidad de días de goce de vacaciones; por ejemplo, si al 31/12 le corresponden 14 días por ley, de acuerdo con la antigüedad, pero el empleado ingresó con el beneficio de tener 21 días?

Considerando que se están liquidando vacaciones, ya sea que apliquen los plazos mínimos de ley o los mayores convenidos con el empleador, si no se agrega el plus a todo el plazo de vacaciones -21 días- se habrán liquidado incorrectamente las mismas. 

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