EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. CONTRIBUCIÓN PATRONAL AL INACAP (ART. 102). PERSONAL ALCANZADO

El aporte patronal del 0,5% del salario inicial de la categoría "Maestranza A", ¿es sobre los empleados afiliados al sindicato y dentro de convenio o sobre el personal comprendido en el convenio se encuentren o no afiliados al sindicato?
Dicha contribución es sobre el total del plantel de comercio, estén o no afiliados al sindicato.

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