SUMARIO: Se suspenden durante el mes de enero de 2010, los plazos procesales en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral.
VISTO y CONSIDERANDO: Que algunas jurisdicciones adheridas han dispuesto la suspensión de los plazos procesales durante el mes de enero de 2010; Que, con la finalidad de promover la armonización de la normativa procedimental en tal aspecto, resulta conveniente adoptar una decisión en el mismo sentido;
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