CÓNYUGES QUE TRABAJAN A LAS ÓRDENES DEL MISMO EMPLEADOR. VACACIONES CONJUNTAS. PROCEDENCIA. REQUISITO

Si ambos cónyuges trabajan a las órdenes del mismo empleador, ¿pueden exigir tomar las vacaciones en forma conjunta?
Sí. Cuando un matrimonio se desempeñe a las órdenes del mismo empleador, las vacaciones deben otorgarse en forma conjunta y simultánea, siempre que no afecte notoriamente el normal desenvolvimiento del establecimiento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario