Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo

Los montos de las Asignaciones Familiares y de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social contempladas en la ley 24714, serán los que surgen de los Anexos I, II, III y IV del presente decreto.




ANEXO I
Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo


Valor general: todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Árboles, Los Chacayes, Campo de los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Árboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
Zona 2: Provincia del Chubut.
Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la Ciudad de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.
Zona 4: Provincias de Santa Cruz y de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ANEXO II
Montos de Asignaciones Familiares para beneficiarios de la Prestación por Desempleo


ANEXO III
Montos de Asignaciones Familiares para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino


Veteranos de Guerra del Atlántico Sur: los beneficiarios de esta Pensión Honorífica además de las Asignaciones Familiares antes detalladas, tienen derecho a las siguientes:


Valor general: todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
ANEXO IV
Montos de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social

No hay comentarios:

Publicar un comentario