CONVENIO MULTILATERAL. DETERMINACIÓN DEL COEFICIENTE UNIFICADO. GASTOS COMPUTABLES. CARGAS SOCIALES. APLICACIÓN OBLIGATORIA

La Comisión Arbitral establece que el criterio de considerar las cargas sociales como un gasto computable a los efectos de la determinación del coeficiente unificado, según lo dispuesto por resolución general (CACM) 4/2010, resulta de aplicación obligatoria a partir de la confección de los coeficientes unificados para ser utilizados a partir del ejercicio fiscal 2011.

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