Empleados de Comercio, CCT 130/1975. Nuevo Acuerdo salarial (junio de 2010). INACAP. Contribución patronal obligatoria. Incremento desde el 1/9/2010

Con motivo del nuevo Acuerdo salarial celebrado el 16 de junio de 2010, en el marco del CCT 130/1975 de Empleados de Comercio, se incrementa a partir del devengado setiembre de 2010 la contribución patronal obligatoria al INACAP.
Forma de cálculo de la nueva contribución patronal obligatoria al INACAP:



 
Maestranza A inicial
% aporte INACAP
Cuota INACAP
Salario - Base de Cálculo
Maestranza A inicial
(remunerativo vigente)
$ 1.293,65
0,50%
$ 6,47
No remunerativo
Acuerdo 8/5/2008
$ 358,73
0,50%
$ 1,79
No remunerativo
Acuerdo 15/5/2009
$ 300
0,50%
$ 1,50
No remunerativo
Acuerdo 21/1/2010
$ 100
0,50%
$ 0,50
Asignación especial
Acuerdo 21/1/2010
$ 75
0,50%
$ 0,37
No remunerativo Acuerdo salarial (16/6/2010) aplicable 5-2010
$ 319,11
0,50%
$ 1,60
No remunerativo Acuerdo salarial (16/6/2010) aplicable 9-2010
$ 171,25
0,50%
$ 0,86
Cuota INACAP por empleado
$ 13,09

El importe resultante de multiplicar la suma de $ 13,09 por cada empleado alcanzado por el CCT 130/1975 se deberá ingresar hasta el día 15 del mes siguiente en los lugares de pago que se indican: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil (todos ellos en efectivo o en cheque) y red Bapropagos (sólo efectivo).
La vigencia es retroactiva a los sueldos de setiembre de 2010.
MESA DE AYUDA Y CONSULTA AL INACAP:
0810-122-4622 / 5291-8800 (líneas rotativas)
 

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