Ganancia mínima presunta. Valuación de inmuebles rurales

La reducción del 25% sobre el valor fiscal o los $ 200.000 en la base imponible en inmuebles rurales, ¿es por inmueble o por partida?
La AFIP en el dictamen (DAT) 23/2008 interpreta “que la reducción en la valuación de inmuebles rurales es un importe único deducible por inmueble, con independencia de la cantidad de parcelas que lo conformen y prescindiendo de que las mismas hayan sido adquiridas en distintas fechas”.  

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