Conforme a lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 2758, las operaciones de exportación deben ser emitidas en forma electrónica a partir del 1/5/2010 para los sujetos incluidos en el régimen para el desaduanamiento de mercadería -dispuesto en el marco de la RG (AFIP) 596-, y desde el 1/7/2010, para los restantes sujetos. De tratase de un sujeto que realice operaciones de exportación en forma esporádica -entendiéndose como tales a quienes generan hasta 2400 comprobantes anuales- existe la posibilidad de emitir dichas operaciones a través del sistema denominado “comprobantes online” -RCEL-.
No hay comentarios:
Publicar un comentario