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Vencimientos
Los trabajadores agrarios no permanentes, ¿deben cobrar sus remuneraciones a través de la acreditación bancaria?
No. La obligación de abonar las remuneraciones en dinero al personal, en cuentas abiertas a nombre de cada trabajador se refiere sólo a los trabajadores permanentes comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario.
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